Movilidad eléctrica: los proyectos que incorporan vehículos de la matriz acceden a mayores beneficios fiscales

La movilidad eléctrica se ha consolidado como un eje estratégico para Uruguay, no solo por su impacto en la reducción de emisiones y eficiencia energética, sino como un factor clave en la competitividad del sector productivo. En este contexto, el Gobierno recuerda que las empresas que apuesten por esta tecnología pueden acceder a importantes exoneraciones tributarias a través de la Ley de Promoción y Protección de Inversiones (N.º 16.906).

La incorporación de vehículos eléctricos en la operativa empresarial es evaluada por la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP) como una inversión alineada con objetivos de política pública. Al considerarse tecnologías limpias, estos proyectos:

  • Obtienen una mayor puntuación en el componente ambiental de la matriz de evaluación.
  • Acceden a un nivel superior de beneficios fiscales, mejorando el retorno de la inversión para las empresas nacionales y extranjeras.

Es fundamental que los inversores tengan en cuenta la reciente actualización del marco normativo. El régimen general de promoción de inversiones ha sido renovado mediante el Decreto N.º 329/025, el cual sustituye al anterior (268/020).

  • Entrada en vigor: El nuevo decreto comenzó a regir el 1.º de febrero de 2026.
  • Alcance: Afecta a todas las nuevas inversiones realizadas en territorio nacional que busquen el amparo de los beneficios de la COMAP.

Además de los beneficios impositivos (como la exoneración del IRAE, IP, tasas de importación e IVA en compras de plaza), la movilidad eléctrica permite reducir drásticamente los costos operativos de mantenimiento y combustible a largo plazo. Con el nuevo decreto, el Estado busca profundizar el cambio de la matriz energética en el transporte, incentivando a que el sector privado sea el motor de esta transformación sostenible.


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